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Corporación La Prensa, S.A. y Subsidiarias Notas a los Estados Financieros Consolidados Al 31 de diciembre de 2025 - 19 - (4) Resumen de las principales políticas de contabilidad (Continuación) (i) Provisión para prima de antigüedad e indemnización (continuación) El Grupo ha establecido la provisión para prestaciones laborales, que incluye, además de la cuota parte mensual correspondiente de la prima de antigüedad del trabajador, consistente en el 1.92% del total de los salarios devengados, exigidos por las regulaciones laborales vigentes, el 0.327% de los salarios con respecto a la indemnización que corresponde al 5% del porcentaje exigido por las regulaciones. (j) Pérdida neta por acción La pérdida neta por acción mide el desempeño del Grupo sobre el año reportado y se calcula dividiendo la pérdida neta disponible para los accionistas comunes entre la cantidad promedio de acciones comunes en circulación durante el año. (k) Impuestos Impuesto de transferencia de bienes, muebles y servicios (ITBMS) Los ingresos de actividades ordinarias, los gastos y los activos se reconocen excluyendo el monto de impuesto general a las ventas, salvo cuando el (ITBMS) incurrido en una adquisición de activos o servicios no resulta recuperable de la autoridad fiscal, en cuyo caso se reconoce como parte del costo de adquisición del activo o como parte de la partida del gasto, según corresponda. Las cuentas por cobrar y por pagar están expresadas incluyendo el importe del ITBMS. Impuesto sobre la renta El impuesto sobre la renta del año está basado en los resultados del año ajustados por partidas que no son gravables o deducibles del impuesto sobre la renta. El impuesto sobre la renta corriente, es la estimación del impuesto por pagar sobre la renta neta gravable del año, utilizando la tasa de impuesto que está vigente a la fecha del estado de consolidación de situación financiera. Aviso de operaciones El Grupo deberá pagar impuesto por realizar actividades dentro de la República de Panamá, denominado aviso de operaciones, que representa el dos por ciento (2%) de su capital de trabajo, con un mínimo de cien Balboas (B/.100) y un máximo de sesenta mil Balboas (B/.60,000)

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